Medidas Restrictivas

Frente a la situación derivada del decremento del número de casos de personas afectadas por el virus SARS CoV2 y sus variantes en el Estado de Hidalgo, se llevarán a cabo medidas enfocadas a detener, contener, controlar, retrasar y reducir el impacto de la COVID-19 y de sus complicaciones, por ello es necesario emitir las restricciones sanitarias conforme a lo que a continuación se describe:

  • 1.Antros y centros nocturnos
    a)Se concede aforo máximo del 90%.
    b)Venta de bebidas alcohólicas por copeo y por persona.
    c)Horario de servicio será acorde con su licencia o autorización de funcionamiento.

  • 2.Bares y cantinas
    a)Se concede aforo máximo del 90%.
    b)Venta de bebidas alcohólicas por copeo y por persona.
    c)Horario de servicio será acorde con su licencia o autorización de funcionamiento.

  • 3.Casas de juego (casinos), boliches y billares
    a) Se concede su apertura con aforo al 90%.
    b) Mantener el cumplimiento de las medidas de higiene y bioseguridad: sana distancia, uso estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
    c)Horario de servicio será acorde con su licencia o autorización de funcionamiento.

  • 4.Salones de fiesta y similares
    a) El aforo se establecerá en cumplimiento a las medidas de bioseguridad(sana distancia, uso estricto de cubrebocas, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos).
    b) Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.

  • 5.Electrónicos y áreas de juego infantiles
    a) Se concede aforo máximo del 90%.
    b) Mantener el cumplimiento de las medidas de higiene y bioseguridad: sana distancia, uso estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
    c)Horario de servicio será acorde con su licencia o autorización de funcionamiento.

  • 6.Ferias
    a) El aforo se establecerá en cumplimiento a las medidas de bioseguridad: sana distancia, uso estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
    b) Cierre de establecimientos y actividades de acuerdo al horario permitido por su municipio.
    c) El servicio de alimentos debe cumplir con las medidas sanitarias que competen al giro de restaurantes.

  • 7.Gimnasios y clubes deportivos
    a) 90% de capacidad máxima.
    b) Mantener el cumplimiento de las medidas de higiene y bioseguridad: sana distancia, uso estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
    c) Asegurar la limpieza de equipo deportivo de uso común.
    d) Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.

  • 8.Restaurantes, restaurantes bar, cocinas económicas y demás que expendan alimentos de consumo en el lugar.
    a) El aforo se establecerá en cumplimiento a las medidas de bioseguridad: sana distancia, uso estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
    b) Zonas de juegos infantiles al 90% de aforo.
    c) El horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
    d) Alimentos de venta en vía pública con cumplimiento a las medidas de bioseguridad sanitaria y según el horario permitido por su municipio.

  • 9.Hoteles y establecimientos para hospedaje
    a) El aforo se establecerá en cumplimiento a las medidas de bioseguridad: sana distancia, uso estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
    b) El servicio de alimentos deberá cumplir con las medidas sanitarias que competen al giro de restaurantes, bares y salones.

  • 10.Plazas comerciales y tiendas departamentales
    a) Priorizar los servicios a través de las plataformas digitales.
    b) El aforo se establecerá en cumplimiento a las medidas de bioseguridad: sana distancia, uso estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
    c) Horario de servicios será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.

  • 11.Mercados y tianguis
    a) El aforo se establecerá en cumplimiento a las medidas de bioseguridad: sana distancia, uso estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
    b) Prioridad a tianguistas del Estado de Hidalgo.
    c) Cierre de establecimientos y actividades de acuerdo al horario permitido por su municipio.

  • 12.Supermercados y tiendas de conveniencia
    a) El aforo se establecerá en cumplimiento a las medidas de bioseguridad: sana distancia, uso estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
    b) Horario de servicios será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
    c) Habilitar un número suficiente de cajas de cobro para evitar aglomeraciones de salida.

  • 13.Deportes profesionales, canchas deportivas y centros deportivos
    a) Eventos deportivos profesionales y amateur con 90% de capacidad de espectadores.
    b) Los deportistas y staff deberán cumplir con las medidas de seguridad sanitaria.
    c) Todo evento deportivo deberá ser reportado previamente a la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Hidalgo, para su autorización y supervisión.

  • 14.Salones de belleza, barberías y estéticas
    a) El aforo se establecerá en cumplimiento a las medidas de bioseguridad: sana distancia, uso estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
    b) Priorizar la atención por cita.
    c) Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.

  • 15.Cinemas y autocinemas, teatros, museos y eventos culturales
    a) El aforo se establecerá al 90% y en cumplimiento a las medidas de bioseguridad de sana distancia, uso estricto de cubrebocas, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
    b) Teatros y eventos culturales deberán ser reportados previamente a la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Hidalgo, para su autorización y supervisión.

  • 16.Eventos musicales masivos
    a) Aforo máximo del 90% de la capacidad de las instalaciones cerradas y abiertas.
    b) Mantener el cumplimiento de las medidas de bioseguridad: sana distancia, uso estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
    c) Todo evento deberá ser reportado previamente a la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Hidalgo, para su autorización y supervisión.

  • 17.Balnearios, parques acuáticos y centros recreativos
    a) Se concede aforo máximo del 90%
    b) El horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
    c) Prohibido el consumo de bebidas alcohólicas fuera de restaurantes y bares.
    d) En restaurantes, bar y hospedaje al interior de los balnearios con las restricciones que competen a cada giro.

  • 18. Centros religiosos, iglesias y templos.
    a) Aforo máximo del 90% de la capacidad dentro del templo.
    b) Mantener el cumplimiento de las medidas de higiene y bioseguridad: sana distancia, uso estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
    c) Celebración del culto preferente en los atrios de los templos.

  • 19. Viacrucis, carnavales, desfiles y peregrinaciones.
    a) Mantener el cumplimiento a las medidas de bioseguridad (sana distancia, uso estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos).
    b) Todo evento deberá ser reportado previamente a la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Hidalgo para su autorización y supervisión.

  • 20.Pueblos Mágicos
    a) Los giros comerciales operarán con los aforos acorde a las medidas señaladas correspondientes a cada giro.

  • 20.Centros Educativos
    a) Reapertura paulatina de acuerdo a las condiciones sanitarias estatales y con autorización de las autoridades competentes.

Además de las medidas descritas, se observarán las contenidas en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020 y disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5594138&fecha=29/05/2020